Consejos Prácticos

Rifas: 

  • La rifa está autorizada por la Sociedad de Capital Público Departamental o por la administración de municipal de su jurisdicción.
  • El plan de premios sea como mínimo igual al 50% del valor de la emisión.
  • El premio no sea en bienes usados o dinero en efectivo.
  • Las rifas no pueden ser de carácter permanente, lo que quiere decir que el operador debe realizar una sola rifa por año.
  • Las rifas no pueden tener series o fracciones
  • Solo se pueden efectuar utilizando los resultados de las loterías tradicionales.
  • Solo pueden ser operadas a través de terceros debidamente autorizados.
  • Los premios ofrecidos deberán sortearse hasta que queden en poder del público.

Sorteos Promocionales: 

  • Los sorteos promocionales estén autorizados por la Sociedad de Capital Público Departamental.
  • El sorteo se realice en presencia de un delegado de parte de la primera autoridad administrativa del Municipio donde se realice.