Consejos Prácticos
Rifas:
- La rifa está autorizada por la Sociedad de Capital Público Departamental o por la administración de municipal de su jurisdicción.
- El plan de premios sea como mínimo igual al 50% del valor de la emisión.
- El premio no sea en bienes usados o dinero en efectivo.
- Las rifas no pueden ser de carácter permanente, lo que quiere decir que el operador debe realizar una sola rifa por año.
- Las rifas no pueden tener series o fracciones
- Solo se pueden efectuar utilizando los resultados de las loterías tradicionales.
- Solo pueden ser operadas a través de terceros debidamente autorizados.
- Los premios ofrecidos deberán sortearse hasta que queden en poder del público.
Sorteos Promocionales:
- Los sorteos promocionales estén autorizados por la Sociedad de Capital Público Departamental.
- El sorteo se realice en presencia de un delegado de parte de la primera autoridad administrativa del Municipio donde se realice.